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Necesitas tener tu pasaporte dominicano vigente, completar correctamente el formulario DS-160, pagar la tarifa consular, y agendar tu cita en la embajada. También se recomienda demostrar lazos fuertes con República Dominicana (trabajo, estudios, familia, propiedades, etc.). Nosotros te guiamos en cada paso del proceso.
Ninguna agencia ni asesor puede garantizar la aprobación de una visa, ya que la decisión final depende exclusivamente del oficial consular. Sin embargo, en De Viaje y Pronto te ayudamos a prepararte correctamente, con todos tus documentos en orden y una asesoría personalizada para aumentar tus posibilidades de éxito.
Sí! Atendemos clientes en todo el país de forma virtual. Puedes recibir asesoría y gestionar tus trámites migratorios desde cualquier provincia de República Dominicana, a través de WhatsApp, videollamada o correo electrónico. Nuestra atención es rápida, clara y personalizada.
Somos expertos en leyes migratorias. Equipo legal en Rep. Dom. y EE.UU.
Los requisitos para una visa varían según el país de destino y el propósito del viaje, pero generalmente incluyen un pasaporte válido, el formulario de solicitud completado, fotografías recientes, prueba de solvencia económica, y documentos que respalden el motivo del viaje (como una carta de invitación o reserva de hotel). Además, algunos países pueden requerir un certificado de antecedentes penales o un examen médico
Debe ser el original y contar con código QR reciente, según la Dirección General de Pasaportes.
Se requiere la cédula original y vigente del padre o tutor que realiza el trámite.
Se tomará una fotografía digital en la oficina de pasaportes o se adjuntará una digital a través de la solicitud web. La fotografía debe cumplir con las especificaciones de tamaño (2 x 2 pulgadas o 5 x 5 cm), fondo blanco, sin sombras ni reflejos, y mostrar una imagen clara del rostro del menor con los ojos abiertos y sin accesorios.
Los menores de 16 y 17 años deben pagar una tarifa a través de Pay.gov.
Se debe iniciar la solicitud a través del portal web de la Dirección General de Pasaportes.
Un documento notariado donde los padres o tutores autorizan al menor a salir del país, ya sea con uno de ellos, un tercero o solo.
Copia legible de la página de datos biométricos del pasaporte del menor.
Copia legible de la página de datos biométricos del pasaporte de la persona que viaja con el menor (padre, madre o tercero).
Original
Una solicitud formal ante la Oficialía del Estado Civil, indicando el motivo de la solicitud (primera inscripción, reconstrucción, etc.).
Cédula de identidad y electoral del solicitante, o pasaporte si es extranjero con residencia legal.
Original del centro de salud donde ocurrió el nacimiento (clínica u hospital).
En casos de reconstrucción de acta, se requiere una declaración jurada ante un juez de paz o notario, con testigos.
Acta de matrimonio de los padres (si aplica), acta de defunción de la madre (si aplica).
Nombre completo, fecha de nacimiento, género, y datos de contacto (correo electrónico y número de teléfono).
Pasaporte o documento nacional de identidad (DNI). Es posible que necesites el número de pasaporte, la fecha de emisión y la fecha de vencimiento.
Fecha de salida, fecha de regreso (si es un viaje redondo), origen, destino y número de pasajeros.
Pasaporte o cédula de identidad y electoral del compareciente.
Dependiendo del acto, pueden ser necesarios documentos como escrituras de propiedad, contratos, sentencias, etc.
En algunos casos, se requiere la presencia de testigos, quienes deben ser mayores de edad, dominicanos, saber leer y escribir, y residir en la jurisdicción del notario.
Algunos actos notariales están sujetos a impuestos que deben ser pagados al momento de su registro.
El notario debe leer el documento a las partes involucradas y asegurarse de que lo entienden antes de firmarlo.
El documento debe estar redactado correctamente, sin tachaduras ni espacios en blanco, y con las fechas y cantidades expresadas en letras y números.
Requiere la identificación del otorgante y la información de la persona a quien se le otorga el poder.
Requiere la identificación de las partes, pruebas de propiedad del bien, y en algunos casos, la firma del cónyuge.